Seguros Baja Laboral para Autónomos

¿Podrías afrontar varios meses sin ingresos?

Si estás de baja laboral por enfermedad o accidente, tu economía puede verse seriamente afectada. Contratar un seguro ILT te permitirá olvidarte de tus finanzas y preocuparte únicamente de tu salud.

Seguro baja laboral autónomos en Coruña

Ventajas de un seguro ILT para autónomos

Seguros aportan tranquilidad
Tranquilidad

Garantiza unos ingresos estables aún estando enfermo. Como autónomo, no trabajar significa no cobrar.

Ahorro
Ahorro

Podrás deducir hasta 500 € anuales de tu seguro de baja laboral en la declaración de la renta.

A medida
A medida

Existen múltiples coberturas entre las que elegir. Nuestros expertos te ayudarán a elegir las que más te convienen.

Seguro baja laboral autónomos en Coruña

Seguros baja laboral para autónomos en Coruña

Los ingresos de autónomos, freelancers y profesionales liberales dependen en su totalidad de su trabajo y cuando se produce una baja médica,  se produce de manera inmediata una disminución  en sus ingresos.

El objeto de los seguros de baja laboral es ayudarte en esos momentos en los que más lo necesitas.

Al contratar una póliza de este tipo, recibirás una indemnización diaria durante el tiempo que te encuentres de baja médica, de manera que tus fianzas se resientan lo menos posible durante este período.

¿Qué es la franquicia en el seguro de baja laboral?

Se refiere al número de días de baja laboral que no son indemnizados

La franquicia que elijas dependerá de tus circunstancias personales. Los autónomos pueden optar por una franquicia de tres o más días o contratar la póliza sin franquicia.

Sin embargo, si eres un comerciante, posiblemente te convenga contratar una póliza sin franquicia o con una franquicia mínima, ya que deberás contratar una persona que te sustituya y tendrás que pagar por sus servicios.

Para los trabajadores por cuenta ajena, la franquicia depende del convenio que tengan previamente establecido.

Si no te preocupa dejar de percibir tus ingresos durante algunos días, puedes contratar franquicia de más o menos días. Cuanto mayor sea la franquicia, más barato será el seguro de baja laboral.

Indemnización diaria en todo el mundo.

Puedes configurar tu seguro de baja a tu medida, por lo que puedes establecer el monto diario de la indemnización que deseas recibir.

Para contratar una póliza de baja laboral solo debes llenar unos formularios. No importa el lugar donde trabajes, este tipo de seguros es de carácter mundial e incluye la mayoría de las patologías, siempre que no sean preexistentes a la contratación del seguro.

La indemnización se recibe al finalizar la baja laboral, pero, si tu baja médica es prolongada, podrás solicitar un anticipo.

Coberturas fundamentales de un seguro de baja para autónomos

Cobertura médica

Indemnización por hospitalización

Con esta cobertura, recibirás además de la indemnización diaria por baja, otra adicional por cada día que estés hospitalizado.

Fallecimiento

Fallecimiento

Algunas compañías incluyen una indemnización por fallecimiento del asegurado.

Invalidez permanente absoluta

Invalidez permanente absoluta

Esta garantía, permite que el asegurado reciba una indemnización en caso de sufrir un accidente que le haga recibir la invalidez permanente absoluta.

Pago indemnizaciones

Indemnización por baja diaria

La cobertura más importante que tu seguro ha de tener. El asegurado recibe una cantidad económica pactada en la póliza por cada día que se encuentre de baja.

Preguntas Frecuentes

La cobertura es de un año completo y se renueva de manera automática y según las condiciones establecidas, pero puedes cancelar el contrato en caso de que dejes de ser autónomo o llegues a la edad de jubilación. En estos casos recibirás el reembolso correspondiente.

Puedes cobrar indemnización por baja laboral por períodos inferiores a un año. En caso de que surjan complicaciones, la aseguradora podrá realizar modificaciones en la póliza. Si transcurrido un año, tu baja médica continúa, deberás solicitar tu baja de manera permanente.

De acuerdo a la normativa vigente, los tres primeros días de la baja médica no son remunerados, sin embargo, a partir del cuarto día y hasta el vigésimo, la remuneración es el equivalente al 60% y posteriores al vigésimo primer día, la indemnización se incrementará en un 75% del salario correspondiente a un mes.

Para determinar el monto de la indemnización, comprueba tus “contingencias comunes” y sobre ese total calcula el 60% y lo multiplica por los días que corresponden a tu baja médica.

Debes tener presente que el seguro de baja laboral no cubre enfermedades preexistentes ni la práctica de deportes realizada de forma profesional. Tampoco accidentes producidos tras el consumo de bebidas alcohólicas o drogas, ni intentos de suicidio.

Las epidemias o riesgos catastróficos declarados se excluyen de este tipo de pólizas, así como las guerras.

Otras patologías que se consideran excepciones son el Síndrome de Fatiga Crónica, el VIH, alteraciones por estrés, fibromialgia o las complicaciones derivadas de estas patologías.

La maternidad no está amparada por la póliza de baja laboral, sin embargo, sí están cubiertas las complicaciones que se deriven del embarazo y se otorga una indemnización única por parto. Es recomendable que en caso de dudas, consultes con nuestros asesores.

Las contingencias comunes se refieren a enfermedades comunes y accidentes no laborales. Las contingencias profesionales hacen referencia a las producidas por accidentes laborales y enfermedades que se originen por el desempeño de actividades profesionales.

El pago de la indemnización correspondiente a los días cuarto al quinceavo debe ser cancelado por la empresa. Desde el día dieciseisavo, el pago debe asumirlo la mutua o el INSS en concordancia con la póliza contratada.  En casos de incapacidad temporal profesional, la empresa solo indemnizará  el 75% durante el primer día, posteriormente la indemnización debe ser pagada por la Mutua o al INSS.

Se refiere a la baja médica o al periodo en que un trabajador no puede ejercer su actividad habitual debido a una enfermedad común o profesional o a un accidente de cualquier tipo.